La cláusula suelo también puede ser declarada nula aunque esté inserta en un contrato con un no consumidor. La falta de información que la entidad bancaria está obligada a entregar a su cliente no consumidor es igual de importante y exhaustiva que en el caso de los consumidores. En estos casos la calificación de la cláusula suelo como Condición General de la Contratación, y la constatación de que es una cláusula impuesta y no negociada por las partes es determinante para declarar su nulidad.
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